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Mercadillos sin plantas medicinales

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PALMA.- Los expertos en fitoterapia han aplaudido la prohibición, por Real Decreto, de vender plantas medicinales en los mercadillos, tal y como se venía haciendo hasta ahora, recordando que el lugar “más adecuado para su venta es la oficina de farmacia y los establecimientos donde se cumplen todos los requisitos de control y seguridad”.

Y es que, los propietarios de puestos de venta ambulante deberán someterse a partir de este mes a los requisitos que impone la normativa sanitaria sobre la venta de plantas medicinales, productos de herbodietética o alimentos “saludables”, lo que implica, entre otros requisitos, la prohibición de vender estos productos “al peso”.

La nueva normativa, por tanto, amplía los controles para la venta de plantas con finalidad terapéutica, dado que hasta su aprobación, sólo estaban obligados a cumplir las exigencias sanitarias los establecimientos permanentes de herbodietética, o herbolarios, hecho que provocaba una “situación discriminatoria” con respecto al comercio de estos productos en los mercadillos, que representan aproximadamente el 10%.

De hecho, la Federación Española de Asociaciones de Herbodietética ha dejado muy claro que era “una injusticia” que los herbolarios no puedan vender productos con “indicación terapéutica”, mientras que “en los mercadillos se pueden ver grandes sacos con plantas medicinales en las que se indica que son para tratar la hipertensión arterial, la artritis, el reuma, las piedras en el riñón o el colesterol”. Ahora esta actividad estará castigada con una multa aproximada de 3.000 euros, y “los ciudadanos tendrán la ley como respaldo para denunciar estas situaciones”.

TRATAMIENTO MÁS ADECUADO

En este sentido, El Centro de Investigación sobre Fitoterapia (INFITO) ha señalado que el farmacéutico “conoce la fitoterapia, porque la ha estudiado en su carrera, y puede aconsejar sobre el tratamiento más adecuado para cada persona, así como señalar la existencia o no de posibles interacciones, que están indicadas en el prospecto, del que carecen las plantas que se venden fuera de la farmacia”.

No obstante, tal y como reconocen los portavoces de INFITO, la Ley del Medicamento establece que la dispensación de medicamentos sólo se puede llevar a cabo en las farmacias, algo que es válido para todos los preparados, tanto sintéticos como de plantas medicinales, sin olvidar que antes de ponerse a la venta han superado unos controles de eficacia y seguridad que no pueden garantizar las plantas que se venden en otros lugares, ya que hasta ahora no estaban obligados a cumplir control alguno.

Las plantas medicinales, según recuerda INFITO, requieren una conservación adecuada, porque, en caso contrario, no sólo pierden sus efectos sino que, además, pueden resultar perjudiciales para la salud si se ingieren mediante mezclas elaboradas por personas sin la formación adecuada para ello”.

En cualquier caso, lo cierto es que con la nueva normativa en la mano, ya no se pueden vender plantas medicinales en la vía pública sin estar envasadas, contar con el registro de quien las empaqueta, la fecha de caducidad y la aprobación de seguridad alimentaria”, unos requisitos que buscan “el beneficio del consumidor”.

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