Ejercer como gorrilla es una infracción penal, aunque no lo suficientemente grave como para catalogarla como delito. Los jueces de las secciones penales de la Audiencia Provincial y el presidente de este órgano judicial, Vicente Magro, acordaron ayer que la negativa de los aparcacoches a abandonar el lugar, tras ser advertidos por la Policía Local, constituye una falta de desobediencia .El colectivo judicial estableció que representa una infracción del Código Penal, constitutiva de falta del artículo 634, siempre y cuando los ayuntamientos dispongan de una normativa que prohíba expresamente «estar en la vía pública dirigiendo maniobras de vehículos que están buscando estacionamiento, o con la intención de hacerlo...».
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Los jueces resuelven que ejercer como 'gorrilla' no es delito, pero sí una falta
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