Les obligará a pagar las operaciones en hospitales de otras automias
El Gobierno ya se ha dotado de la herramienta jurídica necesaria para neutralizar a los centros sanitarios que, acogiéndose por ejemplo a la objeción de conciencia o a dificultades de tipo técnico, desoigan la nueva Ley del Aborto y rechacen practicar interrupciones voluntarias del embarazo a las mujeres que lo soliciten, a partir de la entrada en vigor del texto, el próximo 5 de julio.
En concreto, obligará al servicio autonómico de salud que «excepcionalmente no pudiera facilitar en tiempo la prestación» a reconocer a la solicitante «el derecho a acudir a cualquier centro acreditado en el territorio nacional». Pero no sólo eso. Los ministerios de Igualdad y de Sanidad pretenden forzar además a la administración sanitaria incumplidora a realizar «un compromiso escrito de asumir directamente el abono de la prestación». El plazo máximo para cumplir ambas obligaciones será de «diez días naturales desde la solicitud de la prestación».
La iniciativa , que es interpretada por algunos profesionales como una posible «cláusula anti Navarra» por el tradicional rechazo de numerosos médicos de esta comunidad a practicar abortos, constituye una de las «garantías básicas de la prestación» que recoge la disposición tercera de una de las dos normas que ultima el Ejecutivo para desarrollar la conocida ya como «Ley Aído»: el último borrador de «proyecto de real decreto de garantía de la calidad asistencial en la prestación a la interrupción voluntaria del embarazo».
El texto, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, fue debatido ayer en la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS), como paso previo a su presentación por parte del Gobierno ante el Pleno de este órgano de coordinación sanitaria autonómica este lunes, día 31.
El Ejecutivo tiene previsto además echar mano de la inspección sanitaria, olvidada en muchos otros asuntos de gran calado sanitario, para lograr sus objetivos. Así, subraya en el punto quinto que «todos los centros acreditados se someterán a la inspección y control de las administraciones sanitarias competentes». Y lo hace apelando además a una norma muy poco desarrollada tanto ésta como la pasada legislatura: la Ley de Cohesión y Calidad del SNS. El fin, dice el borrador, es «garantizar la equidad, la calidad y la participación en el SNS», en alusión al «acceso a prestaciones», algo que no ocurre, por ejemplo, con las terapias para dejar de fumar.
La norma enumera además los requisitos que deben cumplir las clínicas o centros acreditados para la práctica del aborto. En el anexo 1, figura que tendrá que haber «un espacio de recepción y una sala para información a la mujer embarazada», así como una «consulta de toco-ginecología», entre otras especificaciones. En este sentido, el borrador les concede un plazo máximo de tres meses desde su entrada en vigor para mantener o conseguir la acreditación.
El Gobierno desarrollará la Ley del Aborto con otro real decreto que ayer fue analizado también por la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial. El texto regula el comité clínico encargado de confirmar el diagnóstico de las enfermedades extremadamente graves del feto, así como el derecho de información de las mujeres.
Cada vez más intervenciones y más madres adolescentes
Aumenta el número de menores de 20 años que practica sexo, mientras que el porcentaje de embarazos cae. De las adolescentes nacidas en la década de los 40 que mantenían relaciones, un 60 por ciento se quedaba embarazada. Esta cifra se ha reducido un 600 por ciento en cuarenta años, pues de las adolescentes nacidas en los 80 activas sexualmente sólo tuvieron un hijo el 10,7 por ciento. Este importante descenso se dio por la generalización de métodos anticonceptivos y por la llegada del aborto a España. Sin embargo, el número de madres adolescentes ha aumentado en términos absolutos, según un estudio del CSIC. Se debe a que el porcentaje de menores de 20 años que mantiene relaciones ha pasado del 11 por ciento en 1931 al 86,6 entre las que ahora rondan los 30 años. En 2008 hubo 30.000 embarazos precoces, de los que la mitad terminaron en aborto. La investigadora del CSIC, Margarita Delgado, destacó los efectos perversos de la maternidad adolescente. Por un lado, la llegada de un niño conlleva la interrupción de los estudios (menos del 5 por ciento de las madres menores de 20 años tiene educación universitaria, frente al 22,6 por ciento de las no adolescentes). Además, el porcentaje de madres precoces que consigue un empleo estable no llega al 50. Por otro lado, la llegada de un niño adelanta la emancipación y el matrimonio y los padres adolescentes se separan en el doble de casos que los demás. «Las proporciones de rupturas se duplican en varias de las cohortes de uniones, llegando a multiplicarse por tres entre las emparejadas entre 1965 y 1974», afirmó ayer Margarita Delgado. El trabajo hace referencia también al mundo laboral: en términos generales, la investigación prueba que «las madres adolescentes trabajan a cualquier edad en menor medida que el resto de sus coetáneas».
Psicólogos para ayudar a las menores en la interrupción
El médico que tenga que valorar si una menor de 16 o 17 años puede abortar sin informar a sus padres por riesgo de grave conflicto familiar tendrá la potestad para pedir un informe a un psicólogo o un trabajador social «en el caso de que tenga dudas» o porque «no le baste» con su testimonio. Así lo precisó ayer la ministra de Sanidad, Trinidad Jiménez, en referencia a uno de los dos reglamentos que desarrollarán la nueva Ley del Aborto, informa Ep. El documento al que alude la ministra ha sido consensuado por Sanidad y por los departamentos de Igualdad y Justicia, y ayer fue analizado en la Comisión Delegada del Consejo Interterritorial de Salud, de cara a su posible estudio por parte de los consejeros de Salud autonómicos en el Pleno que celebrará el Consejo Interterritorial este lunes. A juicio de Jiménez, la manifestación de este temor por parte de la menor tiene ya por sí misma «valor jurídico». El decreto que ha elaborado el Gobierno –uno de los dos que desarrollará la Ley del Aborto– regula también la información a la que tendrán acceso las mujeres antes de tomar la decisión. Según el texto, las mujeres que opten por interrumpir su embarazo deberán recibir «un sobre cerrado» por parte del órgano competente autonómico. En él se enumerarán las ayudas públicas disponibles para las embarazadas y los derechos laborales vinculados a la maternidad.
Madrid - Sergio Alonso
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Etiquetas: Información, Noticias Generales, Salud, Tribunales | author: BuscadorPosts Relacionados:
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